El inicio de la disputa: el Decreto 1469 de 2025

El pasado 29 de diciembre de 2025, el gobierno de Gustavo Petro, a través del Decreto 1469, oficializó el aumento del salario mínimo legal vigente en Colombia en un porcentaje del 23%, el más alto en términos históricos y comparativos. Como menciona explícitamente el Decreto: “el Gobierno Nacional adoptó un incremento del veintitrés por ciento (23%), debidamente motivado con fundamento en los parámetros constitucionales, legales, económicos y sociales aplicables, así como en una ponderación integral de la inflación observada, la productividad, el desempeño económico, la contribución de los salarios al ingreso nacional y la necesidad de avanzar progresivamente en la garantía de una remuneración mínima, vital y móvil” (Ministerio del Trabajo, Decreto 1469 de 2025, hoja 2, negrilla propia).

Claramente, las reacciones no se hicieron esperar y los medios de comunicación fueron escenario de una álgida atmósfera polarizante: por un lado, sectores laborales formales, sindicatos y partidarios del gobierno nacional consideraron la medida como un hito histórico en materia de reivindicación de derechos sociales incumplidos y garantías materiales redistributivas en pro de una mayor justicia social. Pero, por otro lado, gremios empresariales, miembros del sector privado y críticos del petrismo pusieron su acento en el carácter regresivo de la medida, pues la consideraron regresiva y contraproducente en un contexto nacional de estanflación macroeconómica, disminución de la inversión extranjera, poca diversificación productiva y ausencia de incentivos estatales reales para el emprendimiento. El desenlace de esta tensión se materializó en la suspensión provisional que, en un auto del pasado 12 de febrero de 2026, fijó el Consejo de Estado en contra del Decreto 1469 de 2025.

El establecimiento del salario mínimo en Colombia ha sido tradicionalmente un proceso negociado entre el Gobierno Nacional, los gremios empresariales y los trabajadores, ajustado anualmente a partir de variables como la inflación, productividad y demás factores macroeconómicos. Durante el actual gobierno de Gustavo Petro, con cada alza del salario, distintos gremios y centros económicos desatan proclamas de crisis. Sin embargo, el Gobierno ha argumentado todo lo contrario: el salario creció, el desempleo se redujo y la economía se mantiene en expansión. Concretamente, se asumía una inflación esperada —según el Banco de la República— de 5,30%, una productividad total de 0,91%, una contribución mixta ponderada de 1,65% —según estimaciones del DANE— y un crecimiento estimado del PIB del 2,90% (cfr. Consultor Salud, 2026).

En contraste, los argumentos del Consejo de Estado a favor de la suspensión provisional de la medida tenían que ver con su carácter constitucional y los estudios técnicos que debían respaldar la plausibilidad de la progresividad del aumento del salario mínimo, principalmente en circunstancias atravesadas por un fuerte déficit fiscal y un incremento del gasto público. En palabras del propio Consejo de Estado: “el nuevo decreto, de carácter transitorio, deberá definir tanto el porcentaje de incremento como el valor total del salario mínimo para 2026. Además, impuso una carga argumentativa reforzada: el Gobierno tendrá que justificar de manera detallada y verificable la metodología empleada para fijar la cifra” (Tirant Primer, 2026).

Sin embargo, más allá del litigio jurídico o del desacuerdo económico, el episodio revela algo más profundo: la persistencia de un conflicto estructural en torno al valor del trabajo, su remuneración y su lugar dentro del orden social. El debate sobre el salario mínimo no es meramente técnico; es, en sentido estricto, una disputa sobre la forma en que una sociedad organiza la producción de riqueza y distribuye sus beneficios. En otras palabras, es una disputa ideológica. De allí que esta columna pretende analizar dicha tensión desde un enfoque marxista de la explotación y la alienación.

La negativa ciudadana en contra de la medida: ¿expresión de una falsa conciencia de clase?

Resulta particularmente llamativo que la oposición a la medida no provenga exclusivamente de los sectores empresariales, cuya resistencia podría considerarse previsible, sino también de amplios sectores de trabajadores formales e incluso de pequeñas y medianas empresas que, en principio, podrían beneficiarse indirectamente de un aumento del poder adquisitivo de la población colombiana en general. En una nota para Bloomberg (cfr. Guerrero, 2025), Jorge Iván Méndez, director de la Confederación General del Trabajo (CGT), declaró que “van a ser muchísimos los perjudicados por un incremento tan desbordado”. Concretamente, se refería a los 13,5 millones de trabajadores colombianos que se encuentran en la informalidad. En el caso de los trabajadores, el rechazo se articula frecuentemente en torno a argumentos como el riesgo de desempleo, el aumento de la informalidad o la presión inflacionaria.

En contraste, para el caso de las PYMES, la preocupación se centra en la sostenibilidad de sus costos laborales en mercados altamente competitivos. A primera vista, estas objeciones parecen razonables y coherentes con las restricciones económicas reales, como las señaladas por el Consejo de Estado. A grandes rasgos, la posición de estas frente al aumento del salario mínimo podría justificarse, puesto que operan con márgenes de beneficio muy estrechos, en un sector altamente competitivo; además de que poseen dificultades para sostener costos laborales más altos.

Esta convergencia de posiciones —entre trabajadores, pequeños empresarios y grandes capitales— configura una paradoja: sujetos con intereses potencialmente divergentes terminan defendiendo un mismo marco interpretativo, uno que tiende a privilegiar la contención salarial como condición de estabilidad económica. La pregunta, entonces, no es simplemente si estos argumentos son correctos o incorrectos, sino por qué logran articular un consenso tan amplio

Alienación ideológica y explotación económica:

Desde la luz del marxismo, el trabajo es la fuente de valor. El valor no surge de manera divina en el mercado, es el trabajador quien produce riqueza, quien transforma la materia, quien sostiene la economía. Esta diferencia se denomina plusvalía: el valor excedente generado por la fuerza de trabajo, que sobrepasa el costo de su salario y es apropiado por el empleador. En ese orden de ideas, la plusvalía es la forma en la que se perpetúa y opera la explotación. Como sostiene Marx en la primera parte de El Capital (1990): “[e]ste incremento o excedente por encima del valor original lo llamo plusvalor. Por tanto, el valor adelantado inicialmente no sólo se mantiene en la circulación, sino en ella cambia su magnitud de valor, se añade un plusvalor, se valoriza. Y este movimiento es el que lo convierte en capital” (p. 148).

Desde el enfoque marxista de la explotación, la posición de las PYMES no es neutral. Estas no se encuentran por fuera del sistema de explotación, pero tampoco lo controlan. Su posición es contradictoria, ya que son de manera simultánea dependientes de la reducción de costos laborales y subordinadas a dinámicas de mercado que no pueden dominar. Su resistencia al incremento salarial puede verse como una forma de complicidad con la lógica del capital, debido a que, en un contexto de alta competitividad, su supervivencia depende de reducir costos laborales para evitar ser desplazadas por otras empresas, lo que permite la generación de plusvalía y la reproducción de estas dinámicas de explotación.

Uno de los argumentos más comunes en este debate económico es la idea de que aumentar los salarios genera desempleo. En este sentido, el salario se piensa como un costo que, al incrementarse, reduce la capacidad de contratación. Sin embargo, desde la perspectiva marxista, el desempleo no es solamente consecuencia de las decisiones salariales, sino una condición estructural necesaria dentro del capitalismo. Esto se explica a partir de lo que Marx denomina el ejército industrial de reserva, compuesto por todos aquellos trabajadores disponibles o desempleados.

La función de esta masa de desempleados es presionar a la baja el valor del trabajo, pues como afirma Marx (citado en Torrado, 1972), “[e]l trabajador se vuelve más pobre a medida que produce más riqueza (…). El trabajador se convierte en una mercancía aún más barata cuantos más bienes crea” (p. 140). Desde esta perspectiva, no se trata solo de la falta de empleo, sino de una presión persistente sobre quienes sí lo tienen. El miedo a la posibilidad de ser reemplazados hace que aceptar salarios bajos deje de ser una opción y se convierta de manera indirecta en una obligación. Por esta razón, no es casualidad escuchar al asalariado formal oponerse al aumento del salario mínimo, incluso aunque esto implique ir en contra de sus propios intereses y contribuir a mantener las condiciones que lo perjudican.

Mantener salarios bajos no es un error ni mucho menos una casualidad, sino una condición necesaria para que el sistema capitalista funcione. A menor costo del trabajo, mayor es la ganancia que se apropia quien controla los medios de producción. Esta relación no se limita a lo económico, sino que se reproduce en el terreno de la ideología, que para Marx no es solo un conjunto de ideas, sino una forma de conciencia que oculta las contradicciones materiales del sistema. En este sentido, la ideología funciona como una “falsa conciencia”. A través de esta, los intereses de quienes controlan los medios de producción se imponen como si fueran intereses generales, normales y universales. Como señalan Marx y Engels en La sagrada familia (1974), la clase dominante presenta su propio interés como el interés común de todos los miembros de la sociedad a dar a sus ideas la forma de la universalidad y a representarlas como las únicas racionales y de vigencia absoluta. ¿Acaso la negativa de élites políticas y empresariales no refleja justamente lo anterior?

La ideología como reproducción del sistema social:

La tensión derivada del incremento del salario mínimo en Colombia pone en evidencia la tensión constitutiva de las fuerzas sociales que se disputan el liderazgo político y económico de una sociedad. Si bien el gobierno de Gustavo Petro justifica la medida bajo la defensa y promoción de la igualdad material, inclusive sectores empresariales y legislativas consideran la medida contraproducente o abiertamente anti-jurídica. Esta aparente paradoja reafirma la tesis de Pasukanis del Estado liberal moderno como vehículo que moviliza y preserva los intereses de clase hipostasiados al interior de una estructura económica que logra irradiarse a otros ámbitos institucionales para asegurar su propia autopreservación. En palabras del propio autor, “[p]ara afirmar la existencia objetiva del derecho no es suficiente conocer su contenido normativo, sino que es preciso igualmente saber si este contenido normativo se produce o no en la vida, es decir, en las relaciones sociales” (Pasukanis, 1974, p. 74).

A diferencia de las PYMES, la posición de las grandes empresas no se encuentra atravesada por una contradicción, sino por la alineación directa de sus intereses. Su oposición al aumento del salario mínimo no responde únicamente a consideraciones económicas generales, sino a mantener las condiciones que le permiten la extracción del plusvalor. A mayor salario, menor es el excedente que puede apropiarse el empleador. Por eso, sostener bajos los costos laborales es una forma de asegurar su gran fuente de ingreso y, por consiguiente, la continuidad de la explotación. En palabras de Louis Althusser, “la condición
final de la producción es la reproducción de las condiciones de producción” (1974, p. 3). Bajo está analítica de la producción, el salario se convierte en un medio de reproducción simbólica y social de las condiciones materiales y económicas del sistema de producción. De allí que el salario tenga esa dualidad dialéctica, ya que funciona tanto como mecanismo aleccionador de la conciencia del trabajador como medio para su propia subsistencia biológica y social.

La alienación se manifiesta desde estas experiencias como una limitación estructural que impide a los sujetos reconocer su lugar dentro del sistema que los condiciona. En los trabajadores formales, aparece como una falsa conciencia alimentada por el Estado, el derecho y la moral —lo que Althusser denominará bajo la etiqueta de superestructura— que, junto con la presión del desempleo o ejército industrial de reserva, los lleva a defender como parte del sentido común un orden que los explota. En las PYMES, adopta una forma contradictoria, pues aunque no controlan el sistema, sí participan en su reproducción al verse obligadas a priorizar la reducción de costos laborales y la generación de plusvalía para sobrevivir. Por su parte, las grandes empresas consolidan esta alienación al reducir el trabajo a un medio para la extracción de valor excedente, apoyándose en el derecho y en nociones legalistas y formalistas de la justicia que legitiman la propiedad privada y ocultan las condiciones materiales que sostienen la explotación.

Esta reproducción no se sostiene únicamente en la estructura económica, sino también en una dimensión cultural que la refuerza y la legitima. En el caso colombiano, esto se muestra en la existencia de un ethos pro-capitalista. Bolívar Echeverría define dicha actitud como un “ethos realista”, el cual sostiene que la “bondad insuperable del mundo establecido (…) y la imposibilidad de un mundo alternativo” (como se citó en Hernández, 2020, p. 6), que convierte el trabajo precario en un valor moral. Frases como “hay que agradecer tener trabajo”, “otros están peor”, “toca aguantar” o “hay que ponerse la diez”, revelan una forma de ver el mundo donde las condiciones laborales son aceptadas sin ser cuestionadas. Trabajar en condiciones difíciles deja de percibirse como un problema y pasa a interpretarse como una muestra de esfuerzo, disciplina o incluso mérito personal.

Así, la explotación no solo se vive, sino que también se justifica. El trabajador no solo recibe menos de lo que produce, sino que aprende a ver esa situación como normal. El miedo al desempleo, la presión del mercado y esta cultura de la resignación terminan conectándose y explican por qué muchas personas rechazan el aumento del salario mínimo, incluso cuando eso va en contra de sus propios intereses materiales. En este punto, el salario mínimo vital introduce algo distinto. Ya no se trata solo de cuánto puede pagar el mercado, sino de cuánto necesita una persona para vivir con dignidad. Y eso lo cambia todo, porque obliga a mirar el problema desde la posibilidad de una vida digna y no desde la rentabilidad del capital. En este orden de ideas, la oposición a este enfoque no es solo económica, sino también ideológica: tiene que ver con la forma en que hemos aprendido a entender el trabajo y lo que creemos que merecemos por él. Tal vez la pregunta más incómoda no es cuánto debe subir el salario, sino por qué, incluso cuando no alcanza, seguimos defendiendo lo mínimo.

Referencias:

Althusser, L. (1974). Ideología y aparatos ideológicos de Estado. Ediciones Nueva Visión.

Consultor Salud. (2026, 20 de febrero). Decreto transitorio mantiene el aumento del salario mínimo y reabre el pulso jurídico en el Consejo de Estado. Consultor salud. Disponible en: https://consultorsalud.com/decreto-transitorio-aumento-del-salario-minimo/

Guerrero, D. (2025, 30 de diciembre). No todos los trabajadores celebraron el aumento del salario mínimo para 2026 en Colombia. Bloomberg Línea. Disponible en: https://www.bloomberglinea.com/latinoamerica/colombia/no-todos-los-trabajadores-celebraron-el-aumento-del-salario-minimo-para-2026-en-colombia/

Hernández, M. (2020). Racionalización instrumental y enajenación: consideraciones en torno al ethos capitalista. Disponible en: https://www.paginaspersonales.unam.mx/files/266/Publica_20121020150828.pdf

Marx, K. (1990). El Capital. Crítica de la economía política. Tomo I. Editorial Progreso.

Marx, K. & Engels, F. (1974). La ideología alemana. Pueblos Unidos. Disponible en: https://proletarios.org/books/Marx-Ideologia_alemana.pdf

Ministerio del Trabajo. (2025, 29 de diciembre). Decreto 1469 de 2025: Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal. Disponible en: https://acmineria.com.co/wp-content/uploads/2025/12/DECRETO-1469-DEL-29-DE-DICIEMBRE-DE-2025.pdf

Pasukanis, E. (1976). Teoría general del derecho y marxismo. Labor Universitaria.

Tirant Prime. (2026, 13 de febrero). Consejo de Estado ordena nuevo decreto sobre salario mínimo de 2026 tras suspensión provisional. Tirant Prime. Disponible en: https://prime.tirant.com/co/actualidad-prime/consejo-de-estado-ordena-nuevo-decreto-sobre-salario-minimo-de-2026-tras-suspension-provisional/

Torrador, R. E. (1972). El concepto de alienación en Carlos Marx. Horizontes 3 (3), 117-148.

.