El 17 de septiembre de 2026, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia comunicó al Comité Ejecutivo de la Coalición por la Igualdad de Derechos (CID) y al Reino de España, copresidente del mecanismo junto con Colombia, la decisión del Gobierno nacional de retirar al país de dicha instancia con efecto inmediato. La comunicación diplomática, redactada en el lenguaje protocolario habitual —«tiene a bien», «seguridades de su más alta y distinguida consideración»—, no expuso una justificación sustantiva. El Gobierno se limitó a comunicar el retiro, sin explicar qué razones de política exterior, institucionales o presupuestales lo motivaban.

La ausencia de una explicación no permite, por sí sola, atribuir una motivación determinada al Ejecutivo. Sí permite formular una pregunta distinta: ¿qué significa que un Estado abandone una estructura internacional de protección y coordinación de derechos LGBTIQ+ precisamente cuando la población concernida atraviesa un escenario documentado de violencia? La cuestión es especialmente relevante porque Colombia no era un miembro periférico, pues había asumido, junto con España, la copresidencia para el periodo 2025-2027 y ejercía por primera vez un papel de liderazgo dentro del mecanismo.

Más que interpretar el retiro como un cambio simbólico de orientación diplomática, este artículo propone analizarlo desde la teoría política trans crítica de Dean Spade. La pregunta central no es si Colombia aún reconoce formalmente los derechos de las personas LGBTIQ+, sino qué ocurre cuando el Estado modifica las estructuras institucionales mediante las cuales una población vulnerable es reconocida, incluida en las agendas públicas, protegida y articulada con mecanismos nacionales e internacionales de respuesta. Desde esta perspectiva, la salida de la CID puede comprenderse como una decisión de gobernanza cuyos efectos deben evaluarse a partir de las condiciones materiales e institucionales que produce, y no solamente a partir de su contenido formal.

¿Qué es la Coalición por la Igualdad de Derechos y qué representaba la copresidencia colombiana?

La Coalición por la Igualdad de Derechos —Equal Rights Coalition— es un mecanismo intergubernamental creado en 2016 que articula a Estados y organizaciones de la sociedad civil para promover y proteger los derechos de las personas LGBTI. Su gobernanza no se limita a los gobiernos, pues cuenta con un Comité de Coordinación de los Estados miembros, un Comité Ejecutivo, una Red de la Sociedad Civil, un Grupo Central de organizaciones sociales y un Secretariado, y distribuye su trabajo en grupos temáticos sobre diplomacia internacional, leyes y políticas nacionales, protección humanitaria y agenda de desarrollo. No es, por tanto, una organización dedicada a emitir declaraciones simbólicas, sino una estructura cuyo funcionamiento depende de la interacción permanente entre actores estatales, organizaciones sociales y organismos multilaterales.

Colombia formalizó su ingreso como Estado miembro el 17 de diciembre de 2024, durante el gobierno de Gustavo Petro, y asumió simultáneamente la copresidencia por dos años junto con España; la CID registra a ambos países como copresidentes para 2025-2027, después de que Alemania y México les entregaran el mandato. La representación colombiana correspondía a la Cancillería y la copresidencia de sociedad civil a Caribe Afirmativo. En aquella oportunidad, el propio Ministerio de Relaciones Exteriores presentó la incorporación como un avance de la política de derechos humanos y de la política exterior feminista del Gobierno del Cambio, y destacó la experiencia colombiana en materia jurisprudencial, construcción de paz y producción de información sobre las afectaciones diferenciadas de las personas LGBTIQ+.

La participación, además, no surgió de manera repentina. Según Wilson Castañeda, director de Caribe Afirmativo y entonces copresidente de la Coalición, la organización venía promoviendo desde 2016 la incorporación de Colombia al mecanismo, durante el Gobierno de Juan Manuel Santos. El propio Castañeda ha insistido en que la participación colombiana no puede reducirse a una iniciativa del Gobierno de Petro, pues fue precedida por una década de trabajo de organizaciones de la sociedad civil. En ese sentido, la salida no interrumpe simplemente una afiliación diplomática reciente, sino un proceso institucional construido durante años, y lo hace mientras el país ejercía la copresidencia.

Por eso, reducir la salida a la pérdida de «prestigio» internacional sería insuficiente. Lo que desaparece es la participación del Estado colombiano en una estructura concreta de coordinación internacional sobre derechos LGBTIQ+, así como la posibilidad de que organizaciones colombianas aún ese espacio para articular sus demandas con otros gobiernos y actores internacionales.

El nuevo Gobierno y el cambio de orientación

La decisión se produce apenas seis semanas después de la posesión de Abelardo de la Espriella como presidente de Colombia para el periodo 2026-2030. La proximidad temporal no demuestra por sí misma una relación causal, pero constituye un elemento relevante para contextualizarla. El Espectador reportó que, según fuentes consultadas por ese medio, dentro del Gobierno existía la consideración de que la participación en la CID correspondía al legado del Gobierno anterior y no constituía una prioridad para la nueva administración. Caribe Afirmativo cuestionó esa interpretación y recordó que el proceso de incorporación había comenzado años antes.

La continuidad entre las posiciones políticas del nuevo Ejecutivo y la decisión diplomática también ha sido objeto de análisis público. Durante la campaña electoral, De la Espriella expresó posiciones contrarias al matrimonio y a la adopción por parejas del mismo sexo, aunque manifestó que respetaría las decisiones de la Corte Constitucional. Asimismo, utilizó reiteradamente la expresión «ideología de género» para referirse a debates relacionados con educación y género. Estas posiciones fueron documentadas durante el proceso electoral por medios nacionales.

El Gobierno también ha incorporado a figuras con antecedentes públicos en debates relacionados con los derechos de las parejas del mismo sexo. El Espectador señala, en particular, los nombramientos de Alejandro Ordóñez e Ilva Myriam Hoyos, ambos vinculados anteriormente a la Procuraduría y ambos caracterizados por posiciones contrarias al matrimonio y la adopción igualitaria.

Estos elementos permiten identificar un cambio de orientación política, pero no una explicación causa la comunicación oficial no permite afirmar que la salida de la CID haya sido ordenada como consecuencia de una posición ideológica determinada. Por eso, la cuestión no necesita resolverse mediante la pregunta acerca de qué motivó subjetivamente al Ejecutivo. Es más productivo preguntarse qué efectos institucionales tiene la decisión.

De la igualdad formal a las condiciones materiales

En Una vida «normal» (2015), Dean Spade desarrolla una crítica a las estrategias políticas que identifican la conquista de derechos formales con la transformación efectiva de las condiciones de vida de las personas trans y queer. Su argumento no consiste en negar la utilidad de la reforma jurídica, sino en cuestionar que esta se convierta en el centro de una política de transformación.

Spade observa que determinados movimientos sociales fueron desplazándose desde una crítica estructural de la pobreza, la criminalización, la violencia estatal y la desigualdad hacia estrategias centradas en la inclusión dentro de instituciones ya existentes. El problema aparece cuando esa inclusión se presenta como si produjera, por sí misma, igualdad sustantiva. En el caso de las personas queer, incluso determinadas reformas formalmente igualitarias pueden beneficiar de manera desproporcionada a quienes ya poseen condiciones económicas, raciales, migratorias y sociales relativamente favorables:

Del mismo modo, combatir la marginación económica de las personas queer únicamente a través de leyes antidiscriminatorias que prohíben la discriminación (…) sobre la base de la orientación sexual (…) ha sido criticado, porque es una forma de dirigir los esfuerzos hacia la igualdad jurídica formal, mientras se ignora el sufrimiento de las personas queer más marginadas económicamente. (…) [S]ignifica ignorar el funcionamiento racista, sexista y clasista del sistema (…) y desaprovechar oportunidades de formar coaliciones entre poblaciones que son objeto de disolución familiar por este sistema. (Spade, 2015, p. 79).

La importancia de este planteamiento para el caso colombiano es inmediata. La permanencia en la CID no debe confundirse con una garantía automática de protección, pues la existencia de una estructura internacional no impide, por sí misma, que ocurran asesinatos, discriminación, violencia sexual, desplazamiento o exclusión, y los datos colombianos muestran que la pertenencia a la Coalición coexistió con niveles muy elevados de violencia. La pregunta pertinente es otra: ¿qué capacidad institucional proporciona ese espacio para reconocer un problema, producir conocimiento sobre él, coordinar respuestas y articular a las poblaciones afectadas? Por eso, el problema de la retirada no consiste en que Colombia haya perdido una protección jurídica individual que la CID garantizara directamente, sino en que el Estado abandona una infraestructura institucional de cooperación y coordinación en un ámbito en el que existen necesidades documentadas de respuesta.

La violencia no siempre adopta la forma de una prohibición

Este desplazamiento resulta fundamental para comprender el concepto de violencia administrativa desarrollado por Spade. La violencia estatal no aparece exclusivamente cuando una autoridad prohíbe, encarcela, agrede o discrimina de manera explícita. También puede producirse mediante sistemas aparentemente neutrales de clasificación, administración, asignación de recursos, documentación, acceso a servicios y determinación de quién resulta elegible para determinadas formas de protección:

[L]os sistemas con programas de prestaciones públicas (…) que dicen ofrecer oportunidades con criterios neutrales y uniformes son, en realidad, espacios de sufrimiento. Más que imaginar que la ley o el Estado protegen a las personas trans contra sujetos que difaman y discriminan, vemos que esos mismos sistemas administrativos que deciden que la ley está para promover o proteger a determinadas poblaciones, son las mayores fuentes de riesgo y violencia para las personas trans. Si entendemos la marginación de las personas trans a través del examen de las funciones administrativas de la ley, en lugar de poner el foco en si la ley declara o no a ciertos grupos iguales, se abre un espacio para imaginar un programa de reforma jurídica de resistencia trans centrado en el análisis de la raza, el origen indígena, la pobreza, la inmigración y la discapacidad. De esta forma podemos fijarnos menos en lo que la ley dice de sí misma y de los derechos de los individuos y más en el impacto de varios regímenes jurídicos en poblaciones desfavorecida. (Spade, 2015, p. 55)

En ese sentido, un Estado puede mantener formalmente una legislación protectora y, simultáneamente, reducir las estructuras administrativas destinadas a implementarla. Puede conservar derechos en el texto jurídico mientras disminuye los recursos para hacerlos efectivos. Puede reconocer la existencia de una población vulnerable y, al mismo tiempo, retirarse de los mecanismos mediante los cuales se coordinan respuestas frente a esa vulnerabilidad. Pertenecer a una estructura de cooperación internacional hace parte, así, de la forma en que un Estado organiza institucionalmente su respuesta a un problema público, y por eso la salida de la CID puede entenderse como una decisión de gobernanza, sin que ello implique equiparar a la Coalición con el Estado colombiano.

Aquí se separan dos enfoques. La lectura formal se pregunta qué derecho sigue reconocido en el texto; la lectura spadeana, en cambio, indaga qué infraestructura institucional sigue disponible para que ese derecho produzca efectos reales en la vida de quienes ocupan las posiciones más vulnerables.

Según el informe Un sistema que falla: prejuicio, violencia e impunidad contra personas LGBTIQ+ en Colombia (2025), elaborado por Caribe Afirmativo, la organización registró 270 homicidios y feminicidios de personas LGBTIQ+ durante 2025. El cálculo equivale, en promedio, a una persona asesinada cada 32 horas. El informe advierte que el aumento no debe interpretarse como una simple variación estadística, sino dentro de un contexto de patrones sistemáticos de violencia por prejuicio.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia calificó el informe como una alerta seria sobre la persistencia y profundización de las violencias basadas en prejuicio. Además de los 270 homicidios, el documento registra 1.531 casos de violencia intrafamiliar, 1.184 amenazas, 628 hechos de violencia sexual, 360 actos discriminatorios, 108 casos de violencia policial, 17 desapariciones forzadas, 10 casos de trata y tres casos de reclutamiento forzado. La cifra de homicidios, además, representa un incremento frente a los años inmediatamente anteriores: Caribe Afirmativo registra 165 casos en 2024 y 153 en 2023.

Estos datos no prueban que la salida de Colombia de la CID vaya a producir un aumento determinado de homicidios; sería metodológicamente incorrecto establecer esa causalidad a partir de una coincidencia temporal, y la CID tampoco podía impedir individualmente cada uno de esos asesinatos. La decisión ocurre en un contexto en el que la violencia contra las personas LGBTIQ+ constituye un problema público documentado y de considerable magnitud. Ante ese escenario, la cuestión es si resulta política e institucionalmente relevante mantener mecanismos de cooperación, producción de información, intercambio de experiencias y articulación entre Estados y sociedad civil.

La propia CID ha situado la violencia, la criminalización y los retrocesos legislativos dentro de sus preocupaciones centrales:

En junio de 2025En octubre 2025
Las copresidencias de Colombia y España también rechazaron legislaciones que restringían la expresión pública, la reunión y la visibilidad de las personas LGBTI, y señalaron que determinadas medidas presentadas bajo el argumento de proteger a niños y adolescentes podían reforzar estereotipos negativos contra esta población.Las copresidencias de Colombia y España también rechazaron legislaciones que restringían la expresión pública, la reunión y la visibilidad de las personas LGBTI, y señalaron que determinadas medidas presentadas bajo el argumento de proteger a niños y adolescentes podían reforzar estereotipos negativos contra esta población.

La paradoja institucional es evidente, pues Colombia ejercía la copresidencia de un mecanismo destinado precisamente a responder a algunos de estos fenómenos y, menos de dos años después de asumirla, decidió retirarse de él.

Inclusión institucional y pérdidas concretas

Aquí aparece una segunda dimensión fundamental del pensamiento de Spade: la crítica a las estrategias de inclusión que dejan intactas las estructuras que producen desigualdad. Spade advierte que el activismo trans puede institucionalizarse hasta asumir que las reformas jurídicas y la inclusión en instituciones existentes constituyen el camino principal hacia la igualdad. Sin embargo, la pregunta decisiva es si esas reformas redistribuyen efectivamente las oportunidades o si benefician sobre todo a quienes ya se encuentran relativamente próximos a la inclusión:

Si, en el mejor de los casos, la igualdad jurídica formal abre las puertas de las instituciones imperantes a quienes ya están más cerca de la inclusión (…) muy pocos se beneficiarán de ella. (…) Nos enfrentamos a serias preguntas sobre cómo formular luchas y tácticas transformadoras. En particular, se asume con excesiva frecuencia el cambio legislativo como método para transformar las vidas de las personas que están en los márgenes, por lo que habrá que ver cómo la reforma jurídica ha sido insuficiente y absorbente, en el contexto del neoliberalismo y la institucionalización de la resistencia. (Spade, 2015, p. 49).

Si la inclusión institucional no garantiza por sí misma la transformación material, tampoco la exclusión de una estructura institucional puede evaluarse únicamente por la pérdida de reconocimiento simbólico, ya que debe examinarse qué capacidades de acción, coordinación y protección se debilitan. El objeto del análisis no es la Coalición como símbolo, sino la infraestructura institucional que permite construir. Desde esta perspectiva, la salida produce al menos cuatro pérdidas:

  1. Institucional. Colombia deja de participar en la gobernanza de la CID y abandona la copresidencia que ejercía junto con España, posición que implicaba intervenir en la dirección general del mecanismo y en la definición de sus prioridades.
  2. Diplomática. Se interrumpe la participación estatal en una plataforma desde la cual el país había presentado experiencias, formulado posiciones y contribuido a discusiones sobre violencia, criminalización y políticas públicas; en junio de 2025, por ejemplo, Colombia participó junto con España en una declaración internacional sobre restricciones a la expresión y reunión de las personas LGBTI.
  3. Articulación con la sociedad civil. Caribe Afirmativo compartía con Fundación Triángulo la copresidencia de las organizaciones sociales, de modo que el diseño de la CID no separaba por completo la acción gubernamental de la participación de organizaciones especializadas. El Espectador recoge la valoración de Caribe Afirmativo según la cual la decisión debilita la interlocución que se había construido entre el Estado y las organizaciones defensoras de derechos de las personas sexodiversas.
  4. Política. La continuidad de una estructura construida durante varios años queda sometida a la decisión del Ejecutivo de turno.

La política trans crítica que propone Spade no consiste en que las instituciones hablen por las poblaciones afectadas, sino en construir formas de organización en las que las personas directamente afectadas tengan capacidad de participar en las decisiones que determinan sus condiciones de vida. Son necesarios, entonces, modelos organizativos de base, de participación directa y de liderazgo de las personas afectadas (cfr. Spade, 2015). Por eso, el problema de la salida colombiana no es únicamente que el Gobierno haya abandonado una mesa internacional, también está en juego el lugar que las organizaciones de la sociedad civil ocupan dentro de la producción de política pública.

En consecuencia, la respuesta estatal no puede limitarse a una política de reconocimiento, pues debe comprender prevención, acceso a la justicia, protección territorial, producción de información, atención a las víctimas, protección de defensoras y defensores, políticas sociales y articulación con las organizaciones que conocen directamente estos fenómenos. La salida de la CID no elimina, en sentido estricto, ninguno de estos deberes jurídicos internos, pero sí modifica uno de los espacios institucionales mediante los cuales el Estado participaba en una agenda internacional orientada específicamente a estas cuestiones. Así entendida, la decisión permite comprender formas de producción de vulnerabilidad que no aparecen necesariamente como violaciones directas de derechos.

La propia Cancillería, al anunciar el ingreso de Colombia a la CID en 2024, vinculó la participación del país con avances constitucionales y jurisprudenciales que excedían al Gobierno de entonces; esto es, más de 150 decisiones de la Corte Constitucional favorables a la población LGBTIQ+, el enfoque de género del Acuerdo de Paz y la generación de datos diferenciados para la formulación de políticas públicas. Resulta, por tanto, conceptualmente insuficiente presentar la CID como una política perteneciente exclusivamente a Gustavo Petro, puesto que el ingreso se haya formalizado durante su administración no significa que los derechos que lo justificaban hayan nacido con ella. Este punto conecta con la crítica de Spade a las políticas institucionales que reducen las luchas sociales a proyectos concretos de reforma. Una transformación democrática no debería depender de que una administración simpatice con una población determinada; precisamente porque las instituciones sobreviven a los gobiernos, la cuestión central es qué estructuras permiten sostener la protección cuando cambia la orientación política del Ejecutivo.

La salida y los límites de una política centrada en el Estado

La teoría de Spade obliga, sin embargo, a evitar una conclusión simplista. Sería contradictorio invocarlo para sostener que la solución consiste en que el Estado permanezca dentro de una institución internacional, pues Spade cuestiona precisamente que el Estado sea, por sí mismo, un vehículo suficiente de transformación social. Las estrategias que depositan todas sus expectativas en reformas legales o institucionales pueden ser absorbidas por las estructuras existentes sin alterar las condiciones que producen la desigualdad.

En este punto, la sociedad civil no aparece como un sustituto romántico del Estado ni puede asumir por sí sola las obligaciones estatales de protección. Cumple, no obstante, una función fundamental; el cual es producir organización a partir de las experiencias de quienes viven directamente las consecuencias de las estructuras de poder. Ello es particularmente relevante en Colombia, donde la participación en la CID se construyó, en buena medida, mediante la acción prolongada de organizaciones sociales. La retirada estatal plantea entonces una pregunta sobre la relación entre Estado y sociedad civil, es decir, qué ocurre cuando el primero deja de acompañar una estructura internacional que la segunda contribuyó durante años a construir. La respuesta no consiste en lamentar la pérdida del espacio institucional, sino en examinar qué formas de organización pueden surgir para enfrentar las condiciones materiales que persisten tras la retirada.

El caso colombiano es, en este sentido, un objeto de análisis particularmente relevante, pues un Estado con importantes avances jurídicos en materia LGBTIQ+, una sociedad civil con experiencia organizativa y una política exterior que había asumido un papel activo en este campo decide, bajo una nueva administración, retirarse de una estructura que había contribuido a consolidar. El problema teórico consiste en explicar qué sucede —y qué se pierde— con la protección cuando cambia el gobierno que la administra. Y el problema, con todo, no es que una institución internacional haya desaparecido —la CID continúa funcionando sin Colombia—, sino que Colombia decidió dejar de formar parte de ella. No estamos ante el colapso de un mecanismo de protección, sino ante una decisión estatal de retirarse de una estructura de cooperación en derechos humanos; por ello, la pregunta debe dirigirse al Estado colombiano y no a la supervivencia de la Coalición.

La administración de la vulnerabilidad

La teoría queer ha mostrado que el Estado no se relaciona con las poblaciones únicamente mediante prohibiciones explícitas, sino también a través de categorías, documentos, procedimientos, registros, sistemas de acceso y distribución de recursos. Los mecanismos administrativos aparentemente neutrales pueden producir consecuencias profundamente desiguales, pues las categorías estatales no describen una realidad preexistente, sino que contribuyen a organizarla y a determinar quién resulta legible, elegible, protegible o descartable dentro de determinados sistemas.

Esto permite una lectura distinta del retiro colombiano. El Estado no está declarando jurídicamente que las personas LGBTIQ+ hayan dejado de ser sujetos de derechos, sino que está modificando una de las estructuras mediante las cuales participaba en la producción internacional de políticas, alianzas y mecanismos de protección relativos a esa población. En esa diferencia se abre el espacio para pensar la violencia administrativa, ya que no hace falta una orden que disponga desproteger a las personas LGBTIQ+, basta con que ciertas decisiones institucionales alteren las condiciones en que esa población accede a estructuras de protección, coordinación y representación. Por ello, el análisis no debe detenerse en la carta de la Cancillería, sino observar lo que ocurre a su alrededor; esto es, quiénes pierden capacidad de interlocución, qué espacios dejan de ocupar las organizaciones colombianas, qué mecanismos de cooperación desaparecen, qué información deja de circular por determinados canales, qué compromisos institucionales pierden prioridad y qué poblaciones quedan más expuestas al debilitarse esos mecanismos. Resta determinar, sobre todo, si tales consecuencias se distribuyen por igual entre las personas LGBTIQ+ o recaen especialmente sobre quienes ya se encuentran en posiciones de mayor vulnerabilidad, interrogante esencial para una teoría queer de la administración estatal.

La responsabilidad de nombrar, pero también de demostrar

Frente a decisiones de esta naturaleza existe la tentación comprensible de convertir el análisis académico en condena inmediata, pero el aporte de la teoría crítica consiste en mostrar cómo funciona el poder. Ello exige distinguir tres niveles. El primero es el de los hechos: Colombia ingresó a la CID en 2024, asumió su copresidencia junto con España, participó durante 2025 y 2026 en declaraciones y actividades del mecanismo y anunció su retiro el 17 de septiembre de 2026. El segundo es el de las condiciones materiales, pues durante 2025, Caribe Afirmativo documentó 270 homicidios y feminicidios de personas LGBTIQ+, además de miles de otros hechos de violencia, y la ONU-DH Colombia caracterizó estos fenómenos como parte de un continuum de violencia. El tercero es la interpretación teórica; ya que, desde Spade, la decisión puede analizarse como una modificación de las estructuras institucionales que administran y coordinan la respuesta estatal frente a una población vulnerable.

Mantener separados estos niveles fortalece el argumento, porque permite prescindir de afirmaciones que los datos no sostienen. No es necesario sostener que el retiro «causará» más homicidios ni que el Gobierno «pretende» producir desprotección, intención que la carta oficial no expresa. Lo demostrable es suficiente, pues el Estado decidió retirarse de un mecanismo internacional dedicado específicamente a los derechos LGBTIQ+ mientras ejercía su copresidencia, la decisión interrumpió un proceso institucional construido durante años y ocurrió en un contexto de violencia que organizaciones sociales y organismos de derechos humanos consideran especialmente grave.

En conclusión, la salida de Colombia de la CID no elimina los derechos constitucionales de las personas LGBTIQ+ ni permite afirmar, por sí sola, que el Estado haya abandonado sus obligaciones nacionales e internacionales de protección; tampoco existe evidencia suficiente para sostener que provocará directamente un incremento de la violencia. Su importancia radica en otro plano. Spade permite comprender por qué esta decisión merece ser analizada más allá del lenguaje diplomático de una carta; esto es, que derechos no existen únicamente en los textos jurídicos, sino que dependen de instituciones, procedimientos, redes, presupuestos, sistemas de información, organizaciones y espacios de coordinación que convierten determinadas demandas en asuntos públicos. La protección, en otras palabras, tiene una infraestructura, y cuando esta cambia, cambian las condiciones en que una población puede ser reconocida, escuchada y atendida.

En 2025, una persona LGBTIQ+ fue asesinada en Colombia, en promedio, cada 32 horas. El dato no demuestra que la pertenencia a la CID hubiera evitado esas muertes, pero sí que el Estado enfrenta un problema que exige respuestas estructurales y sostenidas; la propia organización que documentó los homicidios los caracteriza como un patrón que demanda una respuesta estatal estructural e inmediata. Desde Spade (2015), la cuestión política no puede reducirse a si una institución ofrece reconocimiento formal, sino que exige preguntar a quién beneficia, qué condiciones modifica, qué poblaciones quedan por fuera y qué ocurre con quienes ya se encuentran en los márgenes.

El Estado no necesita declarar que una población carece de derechos para producir condiciones de mayor vulnerabilidad, pues a veces basta con retirar las instituciones mediante las cuales esa vulnerabilidad era reconocida y enfrentada. En ello reside la importancia política de esta decisión, no solo por el lugar que Colombia ocupa —o deja de ocupar— en la diplomacia internacional, sino por la forma en que un Estado administra la protección de quienes históricamente han tenido menos capacidad para exigirla. La salida de la Coalición obliga a preguntar qué sucede cuando el Estado deja de estar allí donde había decidido organizar parte de su respuesta a la violencia que afecta a las personas LGBTIQ+. Esa es la pregunta que una teoría queer del Estado debe mantener abierta; es decir, no solo quién tiene derechos, sino qué instituciones hacen posible que esos derechos tengan una vida material.


Referencias:

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